Préstamo entre familiares sin intereses, en 2025

Autor: Alejandro Vilar de Francisco – AVF Abogados

El préstamo entre familiares o entre particulares, es una forma muy habitual de obtener financiación para iniciar un negocio, reformar la casa o cualquier otro tipo de gasto que queramos hacer.

Es muy común que los padres quieran dar dinero a sus hijos para que se independicen o se compren una moto o un coche, pero ¿cómo podemos hacer un préstamo sin intereses de forma correcta y sin que tenga repercusiones fiscales?

En este artículo, vamos a explicar cómo hacer el préstamo y cómo declararlo.

¿Qué es un préstamo entre familiares sin intereses?

Es un acuerdo donde una persona, que actúa como prestamista, le entrega a un familiar suyo (prestatario), una cantidad de dinero, para que lo utilice en lo que necesite, con la obligación de que se lo devuelva en un determinado plazo de tiempo.

Pero sin que se aplique un tipo de interés, es decir, que tendrá que devolver la misma cantidad que ha recibido, no una cuantía mayor correspondiente al tipo de interés que se hubiese podido acordar por cada año.

También puede llevarse a cabo un contrato de préstamo entre particulares o amigos, con las mismas características. que no genere la obligación de pagar intereses y devolverlo en un plazo determinado de tiempo.

No obstante, para la seguridad jurídica de las partes, tanto entre ellas como con la Agencia Tributaria, es muy recomendable que el acuerdo se plasme por escrito en un contrato de préstamo sin intereses entre familiares.

Y que, además, se presente la correspondiente declaración tributaria, que para estos casos, estará exenta de cuota, es decir, que no habrá que pagar ningún tipo de cuotra tributaria.

Pero sí es obligatoria la presentación del Impreso 600 ante la Administración tributaria correspondiente, del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Ventajas de los préstamos sin interés entre familiares.

El préstamo entre particulares tiene, indudablemente, muchos beneficios:

1. Flexibilidad en las condiciones: Como se trata de un acuerdo entre familiares o entre personas que se conocen, es posible pactar condiciones más favorables que las ofrecidas por las entidades financieras tradicionales.

2. Evitar los intereses: Los préstamos sin intereses no generan costos adicionales derivados de los intereses. Tendremos que devolver la misma cuantía que hemos recibido, evitando que el dinero que devolvamos sea superior al que habíamos recibido inicialmente.

3. Menor formalidad: Aunque tengamos que formalizar el préstamo mediante un contrato, el proceso puede ser más sencillo y rápido que con una entidad financiera, con la que tendremos que aportar documentación, esperar contestación, formalizar contratos largos y que generalmente son poco comprensibles y farragosos.

4. Rapidez en recibir el dinero: Generalmente el familiar que presta el dinero podrá disponer rápidamente de los fondos, evitando esperas y, quién sabe, que se pierda la oportunidad para la que se necesitaba el dinero por el prestatario.

Contrato de préstamo sin intereses.

Aunque está claro que las entregas de dinero entre familiares o amigos se hacen en base a las relaciones de confianza y cercanía entre las partes, no es menos cierto que las relaciones personales a veces se complican y hasta se rompen.

Puede que hasta se produzca el fallecimiento de una de las partes y sus herederos no conozcan los acuerdos y contenido de los mismos.

Por eso, en AVF Abogados, recomendamos que todos esos acuerdos del préstamo entre familiares se formalicen por escrito en un modelo de contrato de préstamo sin intereses entre familiares o particulares.

Primero para que las partes tengan seguridad jurídica sobre los acuerdos alcanzados.

Para el prestamista, que efectivamente se ha entregado la cantidad de dinero, la fecha en la que se realiza la entrega y la duración del préstamo, para saber hasta qué momento tiene el prestatario la obligación de reintegrar el dinero.

Incluso fijar que cada X tiempo, se vaya devolviendo una parte de la deuda (por ejemplo, que cada año, devuelva 1.200 €).

De esta forma, en caso de incumplimiento del pacto de devolución del dinero, el acreedor podrá ejercer los derechos legales que le correspondan para poder efectuar la reclamación de deuda.

Para el prestatario, le servirá para que no le reclamen una cantidad superior a la entregada o que no se reclame la devolución antes de tiempo. Incluso, para que quede constancia de que, efectivamente, el préstamo no devengaba intereses.

Además, para poder cumplir con la obligación tributaria de declarar el préstamo sin intereses, será necesario presentar dicho contrato de préstamo entre familiares ante la agencia tributaria que corresponda.

En el contrato se deberá incluir:

El contrato debe incluir, básicamente: la cantidad prestada, el plazo para la devolución, que no se pacta el pago de intereses al tratarse de un préstamo entre familiares y si se fijan cuantías de amortización parcial por periodos.

Pero, además, las transacciones de dinero entre personas están sujetas a obligaciones tributarias. Y dependerá del tipo de condiciones de esa entrega y si hay obligación de devolución, que se tengan que pagar o no impuestos y su cuantía.

Además, según la normativa del IRPF, se presume que todos los préstamos generan intereses salvo que se pruebe lo contrario.

En AVF Abogados podemos redactarle su contrato para que no tenga ningún problema con Hacienda y proceder a la presentación tributaria.

Obligaciones fiscales del préstamo entre familiares sin intereses.

Es un error, que puede conllevar importantes consecuencias fiscales, pensar que como se trata de un préstamo entre familiares, en el que no existe obligación de pagar intereses, que no hay que hacer una declaración tributaria de esa operación.

Pero de que presentemos el impuesto o no va a depender que la Agencia Tributaria lo considere que estamos ante una transmisión patrimonial exenta o ante una Donación.

Y las repercusiones y consecuencias fiscales son muy importantes.

Así, tendremos que presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cumplimentando el Modelo 600.

Se trata de un impuesto que está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que será ante la agencia tributaria de la Comunidad Autónoma donde reside el prestatario (el que recibe el dinero), donde tengamos que hacer nuestra declaración fiscal por el préstamo familiar.

No obstante, la legislación fiscal establece que se trata de una operación exenta de cuota tributaria, es decir, que no tenemos que pagar nada.

El plazo para la presentación del impuesto es de 30 días desde la fecha en que se firmó el contrato y que constará en el mismo.

Como ya hemos mencionado, si el préstamo no se formaliza correctamente, Hacienda podría considerar que se trata de una donación.

La diferencia principal entre un préstamo y una donación es que en el primero existe la obligación de devolución, mientras que en la donación no.

Si no se justifica adecuadamente que el dinero prestado será devuelto, Hacienda podría reclamar el pago del Impuesto sobre Donaciones.

Que sí tiene cuota tributaria, es decir, que el donatario (el que recibe el dinero) tendrá que abonar una cantidad económica de dicho impuesto. Mientras que para el donante, tendrá repercusión en la Declaración de IRPF del siguiente año.

Para evitar esto, habrá de firmarse el contrato de préstamo y, también, presentar el ITP.

Además, al tratarse de un préstamo, existe la obligación de devolver el dinero, por lo que lo más conveniente será asegurarse de que los pagos se realicen mediante medios que puedan ser rastreados, como transferencias bancarias.

Esto facilitará la prueba de que el dinero fue prestado y está siendo devuelto, en caso de que Hacienda decida investigar la transacción.

Por que en caso de no poder acreditarlos, Hacienda seguirá interpretando que estamos ante una Donación y no ante un préstamo entre familiares sin intereses.

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